/ jueves 3 de septiembre de 2020

Ir más allá de lo legalmente autorizado acarreará graves consecuencias

La primera forma de conocer al gobernante es conociendo a sus colaboradores de confianza; de esas impresiones dependerá el juicio que los gobernados tengan de la autoridad.

La historia de la humanidad nos ha enseñado principios de “purificación” de la vida pública, tal como lo acaba de comprometer el presidente López Obrador a su gobierno, con el que pretende acabar con la corrupción.

La propuesta anterior es fundada en la teoría de los valores, porque nadie puede estar en favor de la inmoralidad de los servidores públicos. Lo extraño resulta ser que en la “Atenas Veracruzana” el director de Seguridad Ciudadana y Tránsito Municipal de Xalapa haya dado a conocer la futura suscripción de un convenio entre el área a su cargo y la Fiscalía General del Estado, para que la Policía Municipal pueda realizar tareas de investigación de conductas tipificadas como delitos.

Hay quien afirma que la ignorancia de la función pública hace caer al funcionario en actos de corrupción, al aceptar un cargo cuyo desempeño debe ser escrupulosamente apegado a la ley y no a criterios particulares, que como en el caso que nos ocupa se confunde la delimitación de la competencia de los poderes Ejecutivo y Judicial en materia de conductas ilícitas.

Se ha dicho hasta el cansancio que de acuerdo con el artículo 21 constitucional, la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a la policía que actúa bajo su convicción, refiriéndose al cuerpo de uniformados que están bajo el mando del Ministerio Público, anteriormente conocido como policia judicial o policia ministerial, ahora dependiente de la Fiscalía.

Pero hablar por hablar siempre trae consecuencias y es por eso que quien desempeña un cargo de autoridad debe capacitarse para un buen desempeño, porque al momento de asumir la función pública debe protestar “guardar y hacer guardar la Constitución”, para no incurrir en responsabilidades públicas.

Tal sería el caso de que por una investigación policial municipal se viole el debido proceso legal y un delincuente probado quede impune.

La colaboración administrativa que se otorga a los cuerpos de seguridad municipales lleva el propósito recaudatorio del pago de multas, arrestos y trabajos en favor de la comunidad, concluyendo ahí el espíritu de colaboración que se pide a la autoridad municipal.

La primera forma de conocer al gobernante es conociendo a sus colaboradores de confianza; de esas impresiones dependerá el juicio que los gobernados tengan de la autoridad.

La historia de la humanidad nos ha enseñado principios de “purificación” de la vida pública, tal como lo acaba de comprometer el presidente López Obrador a su gobierno, con el que pretende acabar con la corrupción.

La propuesta anterior es fundada en la teoría de los valores, porque nadie puede estar en favor de la inmoralidad de los servidores públicos. Lo extraño resulta ser que en la “Atenas Veracruzana” el director de Seguridad Ciudadana y Tránsito Municipal de Xalapa haya dado a conocer la futura suscripción de un convenio entre el área a su cargo y la Fiscalía General del Estado, para que la Policía Municipal pueda realizar tareas de investigación de conductas tipificadas como delitos.

Hay quien afirma que la ignorancia de la función pública hace caer al funcionario en actos de corrupción, al aceptar un cargo cuyo desempeño debe ser escrupulosamente apegado a la ley y no a criterios particulares, que como en el caso que nos ocupa se confunde la delimitación de la competencia de los poderes Ejecutivo y Judicial en materia de conductas ilícitas.

Se ha dicho hasta el cansancio que de acuerdo con el artículo 21 constitucional, la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a la policía que actúa bajo su convicción, refiriéndose al cuerpo de uniformados que están bajo el mando del Ministerio Público, anteriormente conocido como policia judicial o policia ministerial, ahora dependiente de la Fiscalía.

Pero hablar por hablar siempre trae consecuencias y es por eso que quien desempeña un cargo de autoridad debe capacitarse para un buen desempeño, porque al momento de asumir la función pública debe protestar “guardar y hacer guardar la Constitución”, para no incurrir en responsabilidades públicas.

Tal sería el caso de que por una investigación policial municipal se viole el debido proceso legal y un delincuente probado quede impune.

La colaboración administrativa que se otorga a los cuerpos de seguridad municipales lleva el propósito recaudatorio del pago de multas, arrestos y trabajos en favor de la comunidad, concluyendo ahí el espíritu de colaboración que se pide a la autoridad municipal.