El pasado jueves 14 de septiembre, por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sanción del Instituto Nacional Electoral (INE) contra Ricardo Salinas Pliego por violencia política de género ejercida contra la senadora de la República y secretaria general de Morena, Minerva Citlalli Hernández Mora.
Este hecho se suma a una serie de improperios que el empresario ha dirigido contra la senadora desde hace tiempo. Más allá de las diferencias de orden político, Salinas ha hecho escarnio público de Hernández Mora debido a su complexión física y apariencia corporal, lo que popularmente se conoce como gordofobia y body shaming (criticar, humillar y avergonzar a cuerpos ajenos por no cumplir con los cánones de belleza occidentales). Ha sido a través de su cuenta en la red social X (es decir, el fenecido Twitter) que Salinas la ha violentado sistemáticamente. So pretexto de diferencias con Morena, ha hecho de la persona de Citlalli Hernández un repositorio de su misoginia y crueldad a la cual convida con éxito a sus seguidores en la virtualidad.
Precisamente fue por esta violencia sistemática que la senadora de la República interpuso una queja en el INE contra el empresario. Previamente había intentado, sin éxito, parar en seco a su agresor y lo único que había conseguido es que la violencia de género escalara. El instituto le dio la razón. Salinas interpuso un recurso de apelación ante el TEPJF, no sin antes descalificar vulgarmente al organismo sancionador. El desenlace ya lo conocemos. Las publicaciones en la cuenta de X del agresor siguen su curso violento y, ahora, victorioso.
Si bien nuestra opinión puede coincidir con la del Tribunal respecto a que el tema que se dirimía entre ambas partes no era materia del INE y que por tanto la sanción no era procedente, lo cierto es que el tema va más allá de este caso en concreto. ¿Se vulnera la libertad de expresión cuando al ejercerla se afectan los derechos humanos y se violenta a las personas?
¿Qué es la libertad de expresión? Poder dar a conocer opiniones e ideas sin temor a represalias. Puede ejercerla una persona, colectivo o una empresa en el espacio público o privado y a través de los medios que se consideren convenientes o estratégicos. El ejercicio de la libertad, como cualquier derecho, conlleva una serie de obligaciones: una de ellas es la de no afectar a terceras personas a través de mecanismos diversos que provoquen humillación y vulneración de individuos o colectivos.
La saga violenta desarrollada entre Hernández Mora y Salinas, así como las resoluciones distintas tanto del INE como del Tribunal nos envían diferentes mensajes. El peor de ellos es que se puede violentar a las mujeres, a las personas que no cumplen con los estándares de un país racista y “aspiracionista” (cualquier cosa que esto signifique) como lo es México; que el machismo y una pretendida supremacía económica (recordemos que el empresario en cuestión tiene demandas en Estados Unidos por adeudos de más de 60 millones de dólares, situación que ha alcanzado al gobierno mexicano) dan luz verde para erguirse ante las y los demás vulnerando sus derechos en todas las formas posibles.
Hay muchas “Citlalli” y “don Ricardo” en México. Lo que observamos es un caso mediático que maximiza un comportamiento recurrente de quienes habitamos el país. Ojalá podamos cambiarlo.
*Coordinadora del Observatorio Universitario de Violencias contra las Mujeres. Universidad Veracruzana