/ lunes 29 de abril de 2019

Oaxaca, mejor recaudador


El artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 31 cita:


Son obligaciones de los mexicanos: Fracción IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de la CDMX o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa de que dispongan las leyes.

Por su parte es facultad del Poder Legislativo federal y estatal emitir las Leyes de Ingresos, Leyes y Códigos Hacendarios que contienen las contribuciones y el entorno administrativo que envuelve la actuación los contribuyentes y de la autoridad.

Las autoridades fiscales están facultadas para ejercer el procedimiento económico coactivo, señalado en las leyes y códigos, en caso de incumplimiento a este deber legal.

Cuando se ejerce la administración pública te das cuenta que ningún dinero alcanza, sea federal estatal y menos el municipal, las necesidades son muchas, los contribuyentes son menos o los mismos: ¡O sea, la aplicación de la fracción IV del artículo 31!; la mayoría los conoce indirectamente en razón que lo paga a través del IVA o del IEPS.

Derivado de mi particular interés en las finanzas hacendarias, te das cuenta de que cuando estás en los niveles 2 y 3 del nivel gubernamental, los ingresos propios no tienen un significado importante en sus haberes, lo importante es el dinero federal coordinado; en cambio, volteas y observas que la plantilla para manejar la recaudación propia es numerosa y poco productiva, sobre todo como gobierno estatal, que ha representado que año con año se elimine.

¿Te preguntas por qué?, simple: tu entorno de aplicación es acotado por la Ley de Coordinación Fiscal, donde el federal recauda y te participa el 20% de la RFP (Recaudación Federal Participable), Veracruz siendo un estado generador superavitario de ingresos fiscales, más de los que recibe, financia aquellos que demandan recursos; con ello se cumple con el espíritu del federalismo hacendario que motivó la Ley de Coordinación Fiscal.

Ello me motivó, derivado de mi gusto e inclinación por las finanzas hacendarias, a estudiar alternativas de mejora en las haciendas en que fui responsable; primero de las municipales, y continúe con las estatales.

Referiré las estatales sin entrar en detalle, pues me ocuparé en este artículo de las municipales.

En las estatales se hicieron básicamente estas propuestas:

a) Que la Federación se hiciera cargo de los estados deficitarios y no le cargaran a los superavitarios su subsidio.

b) Que la Federación se hiciera cargo de la educación, como se maneja en la CDMX (ahora el presidente lo cita como un éxito) y en Oaxaca; propuesta hecha en la Convención Hacendaria en el marco de la Mesa “Modernización y simplificación de la administración hacendaria”, por el gobernador Miguel Alemán Velasco.

c) Creación del Instituto de Valuación Catastral del Estado de Veracruz, como ente autónomo, para dar viabilidad al valor de la tierra y a la cadena de ingresos que de él se derivan.

En materia municipal me percaté que en Veracruz la contribución que se señala en la Fracción IV del artículo 31 es menor a otros estados o municipios, para ser preciso Oaxaca, razón por la cual analicé y diagnostiqué, por lo que puedo decirles que el Congreso del Estado y los ciudadanos han apoyado a los municipios dotándolos de facultades y de leyes que son cumplidas por la sociedad oaxaqueña.

Para ser objetivo les muestro el siguiente cuadro comparativo de Ingresos 2019 entre el municipio de Veracruz puerto y el de Oaxaca de Juárez:


COMPARATIVO DE LEY DE INGRESOS OAXACA DE JUAREZ VS VERACRUZ PUERTO (CIFRAS EN MILES DE PESOS)

AÑO FISCAL 2019

TIPO DE INGRESO

OAXACA

VERACRUZ

DIFERENCIA

IMPUESTOS

152,783

174,837

22,054

DERECHOS

157,874

127,172

-30,702

PRODUCTOS

1,200

13,512

12,312

APROVECHAMIENTOS

16,760

20,424

3,664

TOTAL, DE INGRESOS PROPIOS

328,617

335,945

7,328

PORCENTAJE DEL TOTAL DE INGRESOS PROPIOS

22.90%

17.40%

5.50%

PARTICIPACIONES FEDERALES

804,821

1,110,473

305,652

APORTACIONES FEDERALES

294,774

462,872

168,098

CONVENIOS FEDERALES

5,000

14,760

9,760

TOTAL DE INGRESOS 2019

1,433,212

1,924,050

490,838


Otras comparaciones

Oaxaca población: 264 mil 251, Veracruz Puerto: 609 mil 624.

Oaxaca Superficie territorial: 86.5 Km2 Veracruz Puerto: 241Km2

Oaxaca: Congregaciones 13, Veracruz puerto congregaciones 3.

Como podemos observar, siendo Oaxaca un municipio más chico recibe mayor apoyo de sus ciudadanos en el concepto de derechos, donde los habitantes pagan el alumbrado público, cubren los servicios de limpia de las calles y el mantenimiento de parques y jardines.

En cuanto a otros conceptos, las licencias para el funcionamiento de establecimientos y comercios todos pagan, incluidas las sucursales bancarias, tiendas de autoservicio y de conveniencia en importes mayores a los que los municipios de Veracruz cobran.

En 2015 intentamos mejorar el código hacendario de un municipio de Veracruz y la sorpresa fue que no apoyó el Congreso; mismo resultado cuando se quiere actualizar a comercial el valor de la tierra, si se acepta, se condiciona a la baja la tasa del impuesto predial, por qué: simple, se mezcla lo político con lo administrativo.

¿El resultado cuál es?, un deficiente servicio público, hacemos que pagamos y otros que cobramos, pero lo que cuenta es, por ejemplo, una seguridad pública que no satisface, que todo mundo exige. De hacerse algo superfluo va en detraimiento de la hacienda municipal si se tiene disponibilidad; si no, sobre las participaciones federales o sobre financiamiento externo que significa deuda.

Para mejorar hay que contribuir, pero de a de veras y todos; porque la mayoría no lo hace, pero sí demanda mejores servicios.

Deben fortalecerse las haciendas públicas, especialmente la municipal, de no ser así las exigencias no tendrán respuesta; las demandas superan los disponibles.


El artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 31 cita:


Son obligaciones de los mexicanos: Fracción IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de la CDMX o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa de que dispongan las leyes.

Por su parte es facultad del Poder Legislativo federal y estatal emitir las Leyes de Ingresos, Leyes y Códigos Hacendarios que contienen las contribuciones y el entorno administrativo que envuelve la actuación los contribuyentes y de la autoridad.

Las autoridades fiscales están facultadas para ejercer el procedimiento económico coactivo, señalado en las leyes y códigos, en caso de incumplimiento a este deber legal.

Cuando se ejerce la administración pública te das cuenta que ningún dinero alcanza, sea federal estatal y menos el municipal, las necesidades son muchas, los contribuyentes son menos o los mismos: ¡O sea, la aplicación de la fracción IV del artículo 31!; la mayoría los conoce indirectamente en razón que lo paga a través del IVA o del IEPS.

Derivado de mi particular interés en las finanzas hacendarias, te das cuenta de que cuando estás en los niveles 2 y 3 del nivel gubernamental, los ingresos propios no tienen un significado importante en sus haberes, lo importante es el dinero federal coordinado; en cambio, volteas y observas que la plantilla para manejar la recaudación propia es numerosa y poco productiva, sobre todo como gobierno estatal, que ha representado que año con año se elimine.

¿Te preguntas por qué?, simple: tu entorno de aplicación es acotado por la Ley de Coordinación Fiscal, donde el federal recauda y te participa el 20% de la RFP (Recaudación Federal Participable), Veracruz siendo un estado generador superavitario de ingresos fiscales, más de los que recibe, financia aquellos que demandan recursos; con ello se cumple con el espíritu del federalismo hacendario que motivó la Ley de Coordinación Fiscal.

Ello me motivó, derivado de mi gusto e inclinación por las finanzas hacendarias, a estudiar alternativas de mejora en las haciendas en que fui responsable; primero de las municipales, y continúe con las estatales.

Referiré las estatales sin entrar en detalle, pues me ocuparé en este artículo de las municipales.

En las estatales se hicieron básicamente estas propuestas:

a) Que la Federación se hiciera cargo de los estados deficitarios y no le cargaran a los superavitarios su subsidio.

b) Que la Federación se hiciera cargo de la educación, como se maneja en la CDMX (ahora el presidente lo cita como un éxito) y en Oaxaca; propuesta hecha en la Convención Hacendaria en el marco de la Mesa “Modernización y simplificación de la administración hacendaria”, por el gobernador Miguel Alemán Velasco.

c) Creación del Instituto de Valuación Catastral del Estado de Veracruz, como ente autónomo, para dar viabilidad al valor de la tierra y a la cadena de ingresos que de él se derivan.

En materia municipal me percaté que en Veracruz la contribución que se señala en la Fracción IV del artículo 31 es menor a otros estados o municipios, para ser preciso Oaxaca, razón por la cual analicé y diagnostiqué, por lo que puedo decirles que el Congreso del Estado y los ciudadanos han apoyado a los municipios dotándolos de facultades y de leyes que son cumplidas por la sociedad oaxaqueña.

Para ser objetivo les muestro el siguiente cuadro comparativo de Ingresos 2019 entre el municipio de Veracruz puerto y el de Oaxaca de Juárez:


COMPARATIVO DE LEY DE INGRESOS OAXACA DE JUAREZ VS VERACRUZ PUERTO (CIFRAS EN MILES DE PESOS)

AÑO FISCAL 2019

TIPO DE INGRESO

OAXACA

VERACRUZ

DIFERENCIA

IMPUESTOS

152,783

174,837

22,054

DERECHOS

157,874

127,172

-30,702

PRODUCTOS

1,200

13,512

12,312

APROVECHAMIENTOS

16,760

20,424

3,664

TOTAL, DE INGRESOS PROPIOS

328,617

335,945

7,328

PORCENTAJE DEL TOTAL DE INGRESOS PROPIOS

22.90%

17.40%

5.50%

PARTICIPACIONES FEDERALES

804,821

1,110,473

305,652

APORTACIONES FEDERALES

294,774

462,872

168,098

CONVENIOS FEDERALES

5,000

14,760

9,760

TOTAL DE INGRESOS 2019

1,433,212

1,924,050

490,838


Otras comparaciones

Oaxaca población: 264 mil 251, Veracruz Puerto: 609 mil 624.

Oaxaca Superficie territorial: 86.5 Km2 Veracruz Puerto: 241Km2

Oaxaca: Congregaciones 13, Veracruz puerto congregaciones 3.

Como podemos observar, siendo Oaxaca un municipio más chico recibe mayor apoyo de sus ciudadanos en el concepto de derechos, donde los habitantes pagan el alumbrado público, cubren los servicios de limpia de las calles y el mantenimiento de parques y jardines.

En cuanto a otros conceptos, las licencias para el funcionamiento de establecimientos y comercios todos pagan, incluidas las sucursales bancarias, tiendas de autoservicio y de conveniencia en importes mayores a los que los municipios de Veracruz cobran.

En 2015 intentamos mejorar el código hacendario de un municipio de Veracruz y la sorpresa fue que no apoyó el Congreso; mismo resultado cuando se quiere actualizar a comercial el valor de la tierra, si se acepta, se condiciona a la baja la tasa del impuesto predial, por qué: simple, se mezcla lo político con lo administrativo.

¿El resultado cuál es?, un deficiente servicio público, hacemos que pagamos y otros que cobramos, pero lo que cuenta es, por ejemplo, una seguridad pública que no satisface, que todo mundo exige. De hacerse algo superfluo va en detraimiento de la hacienda municipal si se tiene disponibilidad; si no, sobre las participaciones federales o sobre financiamiento externo que significa deuda.

Para mejorar hay que contribuir, pero de a de veras y todos; porque la mayoría no lo hace, pero sí demanda mejores servicios.

Deben fortalecerse las haciendas públicas, especialmente la municipal, de no ser así las exigencias no tendrán respuesta; las demandas superan los disponibles.