/ miércoles 16 de marzo de 2022

160 veracruzanos han cambiado de sexo en Registro Civil

En poco más de un año, en Veracruz ya hubo más de 160 procedimientos en vía administrativa de cambio sexo genérico en actas de nacimiento de personas trans

El Registro Civil del estado de Veracruz, ha realizado en poco más de un año, más de 160 procedimientos en vía administrativa de cambio sexo genérico en actas de nacimiento de personas trans; es decir, sin necesidad de recurrir al amparo, incluso en menores de 18 años.

Recientemente, la Suprema Corte invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans; sin embargo, en el estado de Veracruz ya existen antecedentes y ahora estaría obligada a realizarlo sin que la edad sea limitante.

Y es que, activistas de la diversidad sexual han señalado que la comunidad trans es la más discriminada y la más violentada; su esperanza de vida es de 45 años y se enfrentan a problemas como la falta del derecho a la educación, riesgos a la salud y a su integridad física.

La Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana, presentó en 2019 la primera demanda representando a un niño trans de la entidad y lograron obtener su acta de nacimiento el año pasado.

Otro caso fue en febrero de este 2022, cuando acompañaron a otro menor que fue el primero en Veracruz en obtener su acta de nacimiento de identidad autopercibida en vía administrativa sin necesidad de amparo.

Irvin Bonilla co- coordinador de la Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas; sin embargo, señala, que hay incertidumbre en el procedimiento porque en un primer momento solicitaron el levantamiento del acta de identidad autopercibida para el niño y el Registro Civil se negó, después al irse a juicio, envió otro documento para decir que sí lo haría.

“Por eso digo que son inciertos los lineamientos porque ni siquiera el Registro Civil sabe cómo operarlos, los lineamientos están viciados de fondo, hubo una argumentación por parte de un servidor público del Registro Civil sobre que no emitía nuevos documentos sino rectificación de documentos para aminorarles el camino a las personas trans, eso es indebido, incumple con los lineamientos de la Suprema Corte, de la Comisión Interamericana y sigue violando sistemáticamente derechos de la comunidad Trans”, dijo.

Explica que la resolución de la Suprema Corte parte de una acción de Inconstitucionalidad que se establece en contra de la “Ley Agnes” en Puebla y que establecía el requisito de 18 años para acceder al acta de nacimiento de identidad autopercibida.

El Registro Civil realiza el procedimiento de adecuación sexo genérica en vía administrativa / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Este no es un requisito aislado, en muchas de las entidades federativas, si no es que, en la gran mayoría, donde se ha emitido estos procedimientos, lineamientos, o reformado los códigos para que puedan obtener sus documentos de identidades, se han puesto el requisito de 18 años, pasa que ni la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ni las comisiones estatales han impulsado las acciones de Inconstitucionalidad pertinentes”.

Por ello, al establecerse la jurisprudencia, será obligatorio que las y los niños trans puedan acceder a la modificación de sus documentos.

Te puede interesar: Cartilla militar 2022: ¿Para qué sirve? Requisitos y todo lo que debes saber

Detalla que en Veracruz ya hay precedentes, logrados a través de juicios, por lo que, si Veracruz en algún momento emite una norma que diga que requiere 18 años, ésta, por de suyo, será inconstitucional.

Porque ya hay un criterio de la corte que dice que no puedes tasar en la edad de 18 años porque constituiría discriminación

Así, se mandata a que las legislaturas que tengan normas que contravienen el criterio de la Corte deban replantearla, modificar los requisitos y aquellas que no la han emitido como en el caso de Veracruz, cuando lo hagan, se ajusten a los estándares de la SCJN.

Recuerda que en la entidad no hay una ley de identidad de género, aunque sí existen unos lineamientos del Registro Civil que, a su decir, no son claros y colocan en incertidumbre jurídica a las y los justiciables.

Activistas de la diversidad sexual han señalado que la comunidad trans es la más discriminada y la más violentada / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Esperemos que ahora que está el diputade (Gonzalo Iván Durán Chincoya) que pertenece a la comunidad, que abandere en realidad el movimiento y presente las iniciativas debidas, que ya se debieron haber presentado desde hace cuánto”.

Alan Campos López subdirector del Registro Civil del estado de Veracruz sostiene que, en el estado de Veracruz, en el Código Civil no están fundamentados estos procedimientos; sin embargo, explica que el Registro Civil respetuoso de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación realiza el procedimiento de adecuación sexo genérica en vía administrativa.

“Efectivamente hay un criterio de la Suprema Corte que hace referencia a los procedimientos con menores en edad, tal cual como en primer término se realizó de manera administrativa en lo general, el estado de Veracruz tendrá que acatar esta instrucción de la SCJN al crear un precedente jurisprudencial de aplicación, digamos que obligatorio, para todas las entidades federativas”.

Sin embargo, explica que la solicitud de los menores tiene que ir fundada y motivada y realizada por su padre, madre o tutor además de que se tendría que revisar en qué etapa etaria de menores de edad aplica la decisión de la SCJN.

Reconoce que hay dos asuntos en los cuales se ha realizado ya un procedimiento por cuanto hace a menores de edad, uno derivado de un amparo y el segundo por un juicio de protección de derechos humanos.

Precisa que al día de hoy el Registro Civil ha realizado más de 160 procedimientos en vía administrativa de cambio sexo genérico en los cuales no se ha necesitado acudir a una autoridad jurisdiccional.

En la entidad no hay una ley de identidad de género, aunque sí existen unos lineamientos del Registro Civil / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Es decir, acudieron con nosotros mediante un escrito libre y bajo un procedimiento que nosotros realizamos y para tal efecto se han resuelto, lo que se traduce en un beneficio en tiempo, y dinero porque no tienen que acudir a un abogado para llevar un procedimiento en especial, puede acudir personalmente mediante escrito y es un trámite completamente gratuito”.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

El Registro Civil del estado de Veracruz, ha realizado en poco más de un año, más de 160 procedimientos en vía administrativa de cambio sexo genérico en actas de nacimiento de personas trans; es decir, sin necesidad de recurrir al amparo, incluso en menores de 18 años.

Recientemente, la Suprema Corte invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans; sin embargo, en el estado de Veracruz ya existen antecedentes y ahora estaría obligada a realizarlo sin que la edad sea limitante.

Y es que, activistas de la diversidad sexual han señalado que la comunidad trans es la más discriminada y la más violentada; su esperanza de vida es de 45 años y se enfrentan a problemas como la falta del derecho a la educación, riesgos a la salud y a su integridad física.

La Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana, presentó en 2019 la primera demanda representando a un niño trans de la entidad y lograron obtener su acta de nacimiento el año pasado.

Otro caso fue en febrero de este 2022, cuando acompañaron a otro menor que fue el primero en Veracruz en obtener su acta de nacimiento de identidad autopercibida en vía administrativa sin necesidad de amparo.

Irvin Bonilla co- coordinador de la Clínica de Litigio Estratégico Transformaciones Jurídicas; sin embargo, señala, que hay incertidumbre en el procedimiento porque en un primer momento solicitaron el levantamiento del acta de identidad autopercibida para el niño y el Registro Civil se negó, después al irse a juicio, envió otro documento para decir que sí lo haría.

“Por eso digo que son inciertos los lineamientos porque ni siquiera el Registro Civil sabe cómo operarlos, los lineamientos están viciados de fondo, hubo una argumentación por parte de un servidor público del Registro Civil sobre que no emitía nuevos documentos sino rectificación de documentos para aminorarles el camino a las personas trans, eso es indebido, incumple con los lineamientos de la Suprema Corte, de la Comisión Interamericana y sigue violando sistemáticamente derechos de la comunidad Trans”, dijo.

Explica que la resolución de la Suprema Corte parte de una acción de Inconstitucionalidad que se establece en contra de la “Ley Agnes” en Puebla y que establecía el requisito de 18 años para acceder al acta de nacimiento de identidad autopercibida.

El Registro Civil realiza el procedimiento de adecuación sexo genérica en vía administrativa / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Este no es un requisito aislado, en muchas de las entidades federativas, si no es que, en la gran mayoría, donde se ha emitido estos procedimientos, lineamientos, o reformado los códigos para que puedan obtener sus documentos de identidades, se han puesto el requisito de 18 años, pasa que ni la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ni las comisiones estatales han impulsado las acciones de Inconstitucionalidad pertinentes”.

Por ello, al establecerse la jurisprudencia, será obligatorio que las y los niños trans puedan acceder a la modificación de sus documentos.

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Detalla que en Veracruz ya hay precedentes, logrados a través de juicios, por lo que, si Veracruz en algún momento emite una norma que diga que requiere 18 años, ésta, por de suyo, será inconstitucional.

Porque ya hay un criterio de la corte que dice que no puedes tasar en la edad de 18 años porque constituiría discriminación

Así, se mandata a que las legislaturas que tengan normas que contravienen el criterio de la Corte deban replantearla, modificar los requisitos y aquellas que no la han emitido como en el caso de Veracruz, cuando lo hagan, se ajusten a los estándares de la SCJN.

Recuerda que en la entidad no hay una ley de identidad de género, aunque sí existen unos lineamientos del Registro Civil que, a su decir, no son claros y colocan en incertidumbre jurídica a las y los justiciables.

Activistas de la diversidad sexual han señalado que la comunidad trans es la más discriminada y la más violentada / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Esperemos que ahora que está el diputade (Gonzalo Iván Durán Chincoya) que pertenece a la comunidad, que abandere en realidad el movimiento y presente las iniciativas debidas, que ya se debieron haber presentado desde hace cuánto”.

Alan Campos López subdirector del Registro Civil del estado de Veracruz sostiene que, en el estado de Veracruz, en el Código Civil no están fundamentados estos procedimientos; sin embargo, explica que el Registro Civil respetuoso de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación realiza el procedimiento de adecuación sexo genérica en vía administrativa.

“Efectivamente hay un criterio de la Suprema Corte que hace referencia a los procedimientos con menores en edad, tal cual como en primer término se realizó de manera administrativa en lo general, el estado de Veracruz tendrá que acatar esta instrucción de la SCJN al crear un precedente jurisprudencial de aplicación, digamos que obligatorio, para todas las entidades federativas”.

Sin embargo, explica que la solicitud de los menores tiene que ir fundada y motivada y realizada por su padre, madre o tutor además de que se tendría que revisar en qué etapa etaria de menores de edad aplica la decisión de la SCJN.

Reconoce que hay dos asuntos en los cuales se ha realizado ya un procedimiento por cuanto hace a menores de edad, uno derivado de un amparo y el segundo por un juicio de protección de derechos humanos.

Precisa que al día de hoy el Registro Civil ha realizado más de 160 procedimientos en vía administrativa de cambio sexo genérico en los cuales no se ha necesitado acudir a una autoridad jurisdiccional.

En la entidad no hay una ley de identidad de género, aunque sí existen unos lineamientos del Registro Civil / Foto ilustrativa: David Bello | Diario de Xalapa

“Es decir, acudieron con nosotros mediante un escrito libre y bajo un procedimiento que nosotros realizamos y para tal efecto se han resuelto, lo que se traduce en un beneficio en tiempo, y dinero porque no tienen que acudir a un abogado para llevar un procedimiento en especial, puede acudir personalmente mediante escrito y es un trámite completamente gratuito”.

Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa

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