/ miércoles 26 de mayo de 2021

Derechos humanos de Nemi sí fueron violados

Juan Antonio Nemi Dib, será incorporado al Registro Estatal de Víctimas a fin de que tenga acceso a la atención médica y psicológica

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 23/2021 a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y la Fiscalía General del Estado (FGE) otorgándole la calidad de víctima a Juan Antonio Nemi Dib, al haberse acreditado violaciones al derecho de las personas privadas de la libertad, derecho a la integridad personal y derechos de las víctimas.

Por ello la SSP deberá iniciar las gestiones pertinentes ante la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para que, Juan Antonio Nemi Dib, sea incorporada al Registro Estatal de Víctimas a fin de que tenga acceso a la atención médica y psicológica, así como el suministro de medicamentos que requiera, a casa de las violaciones a sus derechos humanos.

Además, de conformidad con lo que dispone la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz y con base en el acuerdo de cuantificación que emita la Comisión Ejecutiva, deberá pagar una compensación a Nemi Dib, quien fungió como secretario de Salud en el gobierno de Javier Duarte de Ochoa, por el daño moral que le generaron los tratos crueles, inhumanos y degradantes de los que fue víctima durante la privación de su libertad en el Centro de Readaptación Social de Pacho Viejo desde finales de 2017.

Además, se deberá pagar una compensación por los gastos que tuvo que absorber para el tratamiento de las complicaciones médicas que sufrió como consecuencia de la falta de atención médica oportuna dentro de CERESO.

Le recomendó a la SSP verificar el adecuado y constante funcionamiento de las cámaras de vigilancia instaladas en los Centros de Reinserción, toda vez que éstas constituyen una medida adecuada de idónea para garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos y la seguridad e integridad personas de las personas privadas de la libertad.

“Deberá girar las instrucciones correspondientes para que se inicie un procedimiento administrativo a efecto de establecer de manera individualizada, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados en las violaciones a derechos humanas acreditadas”, señala el documento.

Asimismo, plantea que se deberá capacitar eficientemente a los servidores públicos involucrados en materia de respeto, defensa y garantía de los derechos humanos, específicamente en relación al derecho de las víctimas.

La Fiscalía General del Estado por su parte, deberá girar instrucciones para que se inicien los procedimientos administrativos a efecto de establecer de manera individualizada, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados en las violaciones a los derechos humanos, específicamente en relación al derecho de las víctimas.

Se les hizo saber a ambas autoridades que disponen de un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente en que se les notifique de la recomendación para que manifiesten su la aceptan o no.

En caso de aceptarla, disponen de 15 días hábiles adicionales para hacer llegar a ese organismo las pruebas que corroboren su cumplimiento y en caso de no recibir respuesta o no sea debidamente cumplida la recomendación, deberán fundar, motivar y hacer pública tal negativa.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 23/2021 a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y la Fiscalía General del Estado (FGE) otorgándole la calidad de víctima a Juan Antonio Nemi Dib, al haberse acreditado violaciones al derecho de las personas privadas de la libertad, derecho a la integridad personal y derechos de las víctimas.

Por ello la SSP deberá iniciar las gestiones pertinentes ante la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para que, Juan Antonio Nemi Dib, sea incorporada al Registro Estatal de Víctimas a fin de que tenga acceso a la atención médica y psicológica, así como el suministro de medicamentos que requiera, a casa de las violaciones a sus derechos humanos.

Además, de conformidad con lo que dispone la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz y con base en el acuerdo de cuantificación que emita la Comisión Ejecutiva, deberá pagar una compensación a Nemi Dib, quien fungió como secretario de Salud en el gobierno de Javier Duarte de Ochoa, por el daño moral que le generaron los tratos crueles, inhumanos y degradantes de los que fue víctima durante la privación de su libertad en el Centro de Readaptación Social de Pacho Viejo desde finales de 2017.

Además, se deberá pagar una compensación por los gastos que tuvo que absorber para el tratamiento de las complicaciones médicas que sufrió como consecuencia de la falta de atención médica oportuna dentro de CERESO.

Le recomendó a la SSP verificar el adecuado y constante funcionamiento de las cámaras de vigilancia instaladas en los Centros de Reinserción, toda vez que éstas constituyen una medida adecuada de idónea para garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos y la seguridad e integridad personas de las personas privadas de la libertad.

“Deberá girar las instrucciones correspondientes para que se inicie un procedimiento administrativo a efecto de establecer de manera individualizada, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados en las violaciones a derechos humanas acreditadas”, señala el documento.

Asimismo, plantea que se deberá capacitar eficientemente a los servidores públicos involucrados en materia de respeto, defensa y garantía de los derechos humanos, específicamente en relación al derecho de las víctimas.

La Fiscalía General del Estado por su parte, deberá girar instrucciones para que se inicien los procedimientos administrativos a efecto de establecer de manera individualizada, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados en las violaciones a los derechos humanos, específicamente en relación al derecho de las víctimas.

Se les hizo saber a ambas autoridades que disponen de un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente en que se les notifique de la recomendación para que manifiesten su la aceptan o no.

En caso de aceptarla, disponen de 15 días hábiles adicionales para hacer llegar a ese organismo las pruebas que corroboren su cumplimiento y en caso de no recibir respuesta o no sea debidamente cumplida la recomendación, deberán fundar, motivar y hacer pública tal negativa.

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