/ martes 29 de marzo de 2022

¿Sabes qué pasará después de la votación de la Revocación de Mandato?

Tras la jornada del 10 de abril, se deberá hacer una Sesión de Computo para corroborar resultados obtenidos de manera distrital

Córdoba, Ver.- El próximo 10 de abril se llevará a cabo la consulta popular de Revocación de Mandado por perdida de confianza al Presidente de la República, pero ¿sabes qué pasará después de ese día? ¿Qué pasará con los resultados obtenidos?.

Pues una vez que se tengan los resultados el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, será el encargado de dar validez a dichos resultados con base a lo establecido en la Constitución Política y la Ley Federal de Revocación de mandato.

Indalecio Santiago Gerónimo, vocal ejecutivo del 16 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) detalló que tras la jornada del 10 de abril, se deberá hacer una Sesión de Computo para corroborar resultados obtenidos de manera distrital.

Posteriormente, estos resultados se digitalizarán y se remitirán a la Secretaría Ejecutiva del INE, donde se concentrarán los resultados de los 300 distritos electorales a nivel nacional y, después de 48 horas, deberá remitirlos al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Este Tribunal es el que va a determinar finalmente la validez de la elección una vez que desahogue todos los medios de impugnación que en su caso podrían interponerse, pero al final hará la declaración y de ahí la envía al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia y al Presidente de la República que son quienes determinan si la elección es vinculante y si el Presidente debe dejar la Presidencia de la República”, dijo.

Detalló que de acuerdo a la Ley Federal de Revocación de Mandato, para que los resultados de la consulta sean vinculantes, es decir, haya una consecuencia en el mandato del Presidente de la República, debe participar al menos el 40% de la ciudadanía en la Lista Nominal.

Es de recordar que, de acuerdo a información del INE, a nivel nacional podrán participar en este ejercicio democrático 92 millones 805 mil 424 electores, cuyo 40% serían 37 millones 122 mil 168 ciudadanos inscritos en la lista nominal.

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Pero eso no es todo, para que exista una revocación de mandato, de ese 40% que participe, como mínimo, se debe tener que el 50 % mas uno haya tachado el recuadro donde dice: Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza, de no ser así, el Presidente podrá continuar en su encargo hasta que termine su periodo administrativo.

Córdoba, Ver.- El próximo 10 de abril se llevará a cabo la consulta popular de Revocación de Mandado por perdida de confianza al Presidente de la República, pero ¿sabes qué pasará después de ese día? ¿Qué pasará con los resultados obtenidos?.

Pues una vez que se tengan los resultados el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, será el encargado de dar validez a dichos resultados con base a lo establecido en la Constitución Política y la Ley Federal de Revocación de mandato.

Indalecio Santiago Gerónimo, vocal ejecutivo del 16 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) detalló que tras la jornada del 10 de abril, se deberá hacer una Sesión de Computo para corroborar resultados obtenidos de manera distrital.

Posteriormente, estos resultados se digitalizarán y se remitirán a la Secretaría Ejecutiva del INE, donde se concentrarán los resultados de los 300 distritos electorales a nivel nacional y, después de 48 horas, deberá remitirlos al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Este Tribunal es el que va a determinar finalmente la validez de la elección una vez que desahogue todos los medios de impugnación que en su caso podrían interponerse, pero al final hará la declaración y de ahí la envía al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia y al Presidente de la República que son quienes determinan si la elección es vinculante y si el Presidente debe dejar la Presidencia de la República”, dijo.

Detalló que de acuerdo a la Ley Federal de Revocación de Mandato, para que los resultados de la consulta sean vinculantes, es decir, haya una consecuencia en el mandato del Presidente de la República, debe participar al menos el 40% de la ciudadanía en la Lista Nominal.

Es de recordar que, de acuerdo a información del INE, a nivel nacional podrán participar en este ejercicio democrático 92 millones 805 mil 424 electores, cuyo 40% serían 37 millones 122 mil 168 ciudadanos inscritos en la lista nominal.

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Pero eso no es todo, para que exista una revocación de mandato, de ese 40% que participe, como mínimo, se debe tener que el 50 % mas uno haya tachado el recuadro donde dice: Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza, de no ser así, el Presidente podrá continuar en su encargo hasta que termine su periodo administrativo.

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