/ martes 15 de febrero de 2022

No debes esperar 72 horas para denunciar una desaparición, abogado lo explica

El abogado Edwin Jesús Vargas afirmó que existen dos protocolos para la búsqueda de desaparecidos

Córdoba, Ver.- Esperar 72 horas para la búsqueda de una persona que podría haber desaparecido es una irregularidad que podría fincar responsabilidades a las Fiscalías, dijo Edwin Jesús Vargas del Moral, abogado.

“Esto es falso, la ley maneja un plazo de 24 horas para la inmediata aplicación de protocolos en cuanto a la persona desaparecida o presuntamente privada de su libertad aplicando las formalidades necesarios”.

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El entrevistado manifestó que existen dos protocolos, el primero es el homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y el segundo es para la búsqueda de niños, niñas y adolescentes diferenciándose en las fiscalías especializadas.

Edwin Vargas dijo que dentro de la Ley no se establece un término de 24 o 72 horas, manejando otros términos, es decir que la denuncia, noticia o reporte puesto de forma inmediata por los medios establecidos las autoridades deben de actuar al momento.

Cuestionado sobre las recomendaciones que él como abogado emite ante estos casos es que sean asesorados por un experto en materia, "invito a la gente a que conozcan la Ley General en materia de desaparición forzada de personas y por lo regular en el capítulo sexto es donde se encuentran los métodos para iniciar una denuncia por desaparición teniendo como primer lugar el establecimiento de las circunstancias pues si desapareció con base a un hecho de delito se debe de acudir a la Fiscalía”.

Recalcó que las denuncias pueden ser de forma anónima donde la ley establece no debe de haber una ratificación de denuncia, pero si es puesta por un familiar la fiscalía pedirá nuevamente este proceso generando un folio único con base a la Comisión Nacional de Búsqueda para enviar alertas e iniciar los protocolos necesarios.

“Es ilegal porque la Ley General en Materia de Desapariciones Forzadas no maneja un término de tiempo, esto indica que es de forma inmediata y porque las autoridades manejan el tiempo de 72 horas por que a veces son denuncias falsas o por afectaciones de intereses, pero ahora la situación de seguridad es necesario una búsqueda inmediata”.

Fiscalía en Córdoba / Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

De acuerdo a una publicación emitida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, es falso que se debe esperara 72 horas para denunciar la desaparición de un familiar, amigo o conocido invitando a la población que sea “víctima” de este engaño a reportar mediante vía telefónica o mensaje en redes sociales.

Córdoba, Ver.- Esperar 72 horas para la búsqueda de una persona que podría haber desaparecido es una irregularidad que podría fincar responsabilidades a las Fiscalías, dijo Edwin Jesús Vargas del Moral, abogado.

“Esto es falso, la ley maneja un plazo de 24 horas para la inmediata aplicación de protocolos en cuanto a la persona desaparecida o presuntamente privada de su libertad aplicando las formalidades necesarios”.

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El entrevistado manifestó que existen dos protocolos, el primero es el homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y el segundo es para la búsqueda de niños, niñas y adolescentes diferenciándose en las fiscalías especializadas.

Edwin Vargas dijo que dentro de la Ley no se establece un término de 24 o 72 horas, manejando otros términos, es decir que la denuncia, noticia o reporte puesto de forma inmediata por los medios establecidos las autoridades deben de actuar al momento.

Cuestionado sobre las recomendaciones que él como abogado emite ante estos casos es que sean asesorados por un experto en materia, "invito a la gente a que conozcan la Ley General en materia de desaparición forzada de personas y por lo regular en el capítulo sexto es donde se encuentran los métodos para iniciar una denuncia por desaparición teniendo como primer lugar el establecimiento de las circunstancias pues si desapareció con base a un hecho de delito se debe de acudir a la Fiscalía”.

Recalcó que las denuncias pueden ser de forma anónima donde la ley establece no debe de haber una ratificación de denuncia, pero si es puesta por un familiar la fiscalía pedirá nuevamente este proceso generando un folio único con base a la Comisión Nacional de Búsqueda para enviar alertas e iniciar los protocolos necesarios.

“Es ilegal porque la Ley General en Materia de Desapariciones Forzadas no maneja un término de tiempo, esto indica que es de forma inmediata y porque las autoridades manejan el tiempo de 72 horas por que a veces son denuncias falsas o por afectaciones de intereses, pero ahora la situación de seguridad es necesario una búsqueda inmediata”.

Fiscalía en Córdoba / Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

De acuerdo a una publicación emitida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, es falso que se debe esperara 72 horas para denunciar la desaparición de un familiar, amigo o conocido invitando a la población que sea “víctima” de este engaño a reportar mediante vía telefónica o mensaje en redes sociales.

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