/ jueves 9 de mayo de 2019

Se castigará a quien difunda o grabe restos humanos

La sanción podría llegar a los 5 años de prisión o una multa cercana a los 8 mil 449 pesos

Xalapa, Ver.- Hasta cinco años de prisión y 8 mil 449 pesos podría aplicarse a quien fotografíe, video grabe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de naturaleza forense.

Ello, luego de que el pleno del Congreso local aprobara el dictamen para reformar el artículo 298 del Código Penal local, en el se establece que ninguna persona facultada para fotografiar y tomar vídeo de un cadáver o restos humanos pueda hacerlo.

En el dictamen se establece una sanción de uno a cinco años de prisión y multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual actualmente es de 84.49 pesos por cada UMA, para quienes desacaten la Ley.

Dichas medidas se incrementaría hasta en una tercera parte en caso de que el delito sea cometido por un servidor público o quien ejerza una profesión, utilice los medios o circunstancias derivadas de ello y tenga bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos.

El dictamen, presentado por el diputado de Morena, Henri Christophe Gómez Sánchez, indica que en los últimos meses se han realizado algunos actos de divulgación de imágenes de restos humanos que se encontraban bajo el resguardo de instituciones forenses, con lo que se violentan los derechos post mortem (después de la muerte), así como de los familiares de las personas fallecidas.

En el documento queda establecido que el derecho post mortem, referente al respeto a la honra, está relacionado, entre otras cosas, a que el Estado debe establecer la normatividad correspondiente para evitar que se falte a la honorabilidad de la persona fallecida, es decir, sancionar a aquél que exhiba de manera denigrante el cuerpo de la persona fallecida, máxime cuando se encuentre en resguardo de una institución forense.

Además, puntualiza que el Estado es uno de los sujetos responsables de la procuración de los derechos post mortem, principalmente en lo referente al tratamiento del cadáver y restos cuando es necesario realizar diversas investigaciones.

Se debe recordar que en febrero pasado sucedió la filtración de las imágenes del cuerpo de la empresaria Susana Carrera, misma que fue asesinada en Coatzacoalcos, y por lo que la Fiscalía Anticorrupción tiene una investigación. Las imágenes presuntamente del cuerpo decapitado de la empresaria se encontraba en el Servicio Médico Forense (Semefo).

Xalapa, Ver.- Hasta cinco años de prisión y 8 mil 449 pesos podría aplicarse a quien fotografíe, video grabe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de naturaleza forense.

Ello, luego de que el pleno del Congreso local aprobara el dictamen para reformar el artículo 298 del Código Penal local, en el se establece que ninguna persona facultada para fotografiar y tomar vídeo de un cadáver o restos humanos pueda hacerlo.

En el dictamen se establece una sanción de uno a cinco años de prisión y multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual actualmente es de 84.49 pesos por cada UMA, para quienes desacaten la Ley.

Dichas medidas se incrementaría hasta en una tercera parte en caso de que el delito sea cometido por un servidor público o quien ejerza una profesión, utilice los medios o circunstancias derivadas de ello y tenga bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos.

El dictamen, presentado por el diputado de Morena, Henri Christophe Gómez Sánchez, indica que en los últimos meses se han realizado algunos actos de divulgación de imágenes de restos humanos que se encontraban bajo el resguardo de instituciones forenses, con lo que se violentan los derechos post mortem (después de la muerte), así como de los familiares de las personas fallecidas.

En el documento queda establecido que el derecho post mortem, referente al respeto a la honra, está relacionado, entre otras cosas, a que el Estado debe establecer la normatividad correspondiente para evitar que se falte a la honorabilidad de la persona fallecida, es decir, sancionar a aquél que exhiba de manera denigrante el cuerpo de la persona fallecida, máxime cuando se encuentre en resguardo de una institución forense.

Además, puntualiza que el Estado es uno de los sujetos responsables de la procuración de los derechos post mortem, principalmente en lo referente al tratamiento del cadáver y restos cuando es necesario realizar diversas investigaciones.

Se debe recordar que en febrero pasado sucedió la filtración de las imágenes del cuerpo de la empresaria Susana Carrera, misma que fue asesinada en Coatzacoalcos, y por lo que la Fiscalía Anticorrupción tiene una investigación. Las imágenes presuntamente del cuerpo decapitado de la empresaria se encontraba en el Servicio Médico Forense (Semefo).

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