/ jueves 9 de mayo de 2024

¿Ya te pagaron las utilidades donde trabajas? Es un derecho y se acerca la fecha límite

Un especialista hace el llamado para que los trabajadores hagan valer este derecho y las empresas atiendan el pago

Veracruz, Ver.- El plazo para el reparto de utilidades vence el 30 de mayo para empresas constituidas como personas morales, mientras que el 29 de junio vence para las empresas constituidas como personas físicas, recuerda el expresidente del Colegio de Contadores Públicos del estado de Veracruz, Ramón Ortega Díaz.

¿Qué son las utilidades que las empresas y patrones deben pagar a los trabajadores?

El Colegiado recuerda que es un derecho constitucional en donde se reconoce la contribución de las y los trabajadores en las ganancias de las empresas, afirmó el especialista sobre este tema.

Ortega Díaz indica que el reparto de utilidades es del 10% de las ganancias que obtuvo la empresa o patrón del año anterior; es decir, en 2024 se repartirán los rendimientos de 2023.

Señala que para el presente año se hizo una modificación en la Ley para realizar dicho cálculo, por lo que existe incluso un tope que no podrá rebasarse, el cual en estos casos es a favor de las empresas.

Sin embargo, precisó que solo podría afectar o verse para el caso de las empresas grandes que pagan regularmente montos altos a sus empleados, en donde se podrá buscar otra forma que compensar la disminución.

En el caso de las empresas medianas o pequeñas, no se prevé complicaciones, ya que los montos regularmente son una prestación que contribuye a los trabajadores, pero sin ser un ingreso mayor al sueldo.

“Ahorita estamos sobre el cálculo de la PTU es que los trabajadores se acerquen con sus patrones para preguntar, sobre todo porque se viene la modificación de los límites y en el caso de empresas muy grandes que pagan cifras altas, podría verse disminuido”.

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El especialista hizo el llamado para que los trabajadores hagan valer este derecho y las empresas, que afirmó destacan para ser cumplidas, atiendan el pago del reparto de utilidades dentro del marco legal.

Señala que para el presente año se hizo una modificación en la Ley para realizar dicho cálculo | Foto ilustrativa: René Corrales / Diario de Xalapa

¿Dónde se debe denunciar si no se paga las utilidades?

En caso de tener algún inconveniente, señaló que los trabajadores pueden acercarse a la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajador (Profedet), en donde se busca siempre la conciliación como primera instancia.

“Recordemos que es el 10 por ciento sobre las utilidades, aquí por eso se sugiere el acercamiento entre el trabajador y el patrón, en caso de que hubiera algún sindicato, para poder llevarlo a cabo sin complicaciones”.

Del mismo modo, detalló que la Secretaría del Trabajo con regularidad realiza verificaciones en esta fecha, pide copia de la nómina y realiza las observaciones, en caso de encontrarlas, para cumplir con estos pagos.

Veracruz, Ver.- El plazo para el reparto de utilidades vence el 30 de mayo para empresas constituidas como personas morales, mientras que el 29 de junio vence para las empresas constituidas como personas físicas, recuerda el expresidente del Colegio de Contadores Públicos del estado de Veracruz, Ramón Ortega Díaz.

¿Qué son las utilidades que las empresas y patrones deben pagar a los trabajadores?

El Colegiado recuerda que es un derecho constitucional en donde se reconoce la contribución de las y los trabajadores en las ganancias de las empresas, afirmó el especialista sobre este tema.

Ortega Díaz indica que el reparto de utilidades es del 10% de las ganancias que obtuvo la empresa o patrón del año anterior; es decir, en 2024 se repartirán los rendimientos de 2023.

Señala que para el presente año se hizo una modificación en la Ley para realizar dicho cálculo, por lo que existe incluso un tope que no podrá rebasarse, el cual en estos casos es a favor de las empresas.

Sin embargo, precisó que solo podría afectar o verse para el caso de las empresas grandes que pagan regularmente montos altos a sus empleados, en donde se podrá buscar otra forma que compensar la disminución.

En el caso de las empresas medianas o pequeñas, no se prevé complicaciones, ya que los montos regularmente son una prestación que contribuye a los trabajadores, pero sin ser un ingreso mayor al sueldo.

“Ahorita estamos sobre el cálculo de la PTU es que los trabajadores se acerquen con sus patrones para preguntar, sobre todo porque se viene la modificación de los límites y en el caso de empresas muy grandes que pagan cifras altas, podría verse disminuido”.

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El especialista hizo el llamado para que los trabajadores hagan valer este derecho y las empresas, que afirmó destacan para ser cumplidas, atiendan el pago del reparto de utilidades dentro del marco legal.

Señala que para el presente año se hizo una modificación en la Ley para realizar dicho cálculo | Foto ilustrativa: René Corrales / Diario de Xalapa

¿Dónde se debe denunciar si no se paga las utilidades?

En caso de tener algún inconveniente, señaló que los trabajadores pueden acercarse a la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajador (Profedet), en donde se busca siempre la conciliación como primera instancia.

“Recordemos que es el 10 por ciento sobre las utilidades, aquí por eso se sugiere el acercamiento entre el trabajador y el patrón, en caso de que hubiera algún sindicato, para poder llevarlo a cabo sin complicaciones”.

Del mismo modo, detalló que la Secretaría del Trabajo con regularidad realiza verificaciones en esta fecha, pide copia de la nómina y realiza las observaciones, en caso de encontrarlas, para cumplir con estos pagos.

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